Gastos de escolarización: los puedes deducir en la declaración anual del IRPF

Gastos de escolarización: los puedes deducir en la declaración anual del IRPF

Escrito por: Macarena   @Macarenagonzal    29 agosto 2015     3 minutos

¿Tienes hijos que vuelven al cole dentro de muy poquito? ¿ya estás haciendo cálculos para ver cómo pagas libros, autobús, material escolar, etc.? ¿Vives en Islas Baleares, Canarias, Extremadura, Valencia, Castilla la Mancha o Comunidad de Madrid? A las dos primeras preguntas respondo yo porque sé que si nos lees es más probable que seas madre o padre. ¿Y la tercera? pues te la he hecho porque en esas comunidades autónomas los gastos escolares desgravan, eso sí… deberás esperar hasta los meses de mayo y junio, cuando se presenta la declaración anual del IRPF.

‘Los gastos escolares no son deducibles con carácter general’, sino que entran en el apartado de deducciones autonómicas. La lástima es que no se haya generalizado, pues las familias con hijos soportamos unos gastos que las otras no; y vale que hemos decidido voluntariamente tener niños, pero salvo que emigren cuando crezcan, serán para la sociedad más un beneficio que otra cosa. Sigue leyendo porque te voy a explicar algunas cosas que seguro te interesan.

Si eres como yo aún no te habrás pasado por la papelería a por lápices, estuche y diccionarios… eso sí, los libros los tengo encargados y las listas hechas. Pero sea cuando sea que efectúes el gasto, y si quieres probar a beneficiarte de la deducción, deberás guardarte todos los tíquets de compra, incluso puedes pedir factura con todos los gastos incluidos (o al menos una factura por establecimiento), esto último no es obligado.

Después todo depende de las condiciones que las autonomías establezcan: por ejemplo en la Valenciana, se puede deducir hasta 100 euros, pero es necesario que el contribuyente haya estado desempleado (e inscrito como tal) durante el ejercicio al que corresponde la Declaración (en este caso, hablamos del 2015); o que la base imponible no supere los 24000 euros en declaración individual, y 38000 en conjunta. Si durante este año llevas a los niños más pequeños a la guardería, puedes deducir el 15 por ciento, bajo las mismas condiciones.

En Canarias la parte autonómica de deducciones permite deducir 1500 euros por hijo (siempre hablamos de gastos de estudios), con un límite en la base liquidable de 33007,2 euros. También se ha previsto deducciones en la educación superior. En esta Comunidad, la extremeña y la castellano leonesa también se pueden deducir gastos de guardería por diferentes conceptos.

100 por cien de los gastos en Castilla la mancha (con límite de 100 euros por hijo), posible en declaraciones cuya suma de las casillas 430 y 445, menos (505 más 507) sea inferior a 12000; la desgravación se reduce en sumas superiores, y hay variaciones para familias numerosas y declaraciones conjuntas. Los residentes en la Comunidad de Madrid, y con un límite de 400 a 900 euros por hijo (según partidas: vestuario, escolaridad, idiomas), pueden desgravar el 15 por ciento.

Por último en las Baleares es posible deducir entre 100 y 50 euros para declaraciones individuales; y entre 200 y 100 euros para conjuntas

Podéis ampliar información en el enlace de más abajo, creo que vale la pena guardar justificantes de los gastos (por si a posteriori recibes una comunicación de inspección), si creéis que cumplís las condiciones (la declaración del año 2014 puede servir como referencia); que no están las cosas como rechazar ayudas que nos permitan asumir los gastos derivados de la escolarización.

Vía | Aprende Más
Foto | Elizabeth/Table4Five


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