Nueva decisión con la custodia compartida

Nueva decisión con la custodia compartida

Escrito por: Leticia   @leticiadelpino    26 octubre 2012     1 minuto

Se realizará un importante cambio dentro de la legislación vinculada a las separaciones y divorcios. Ahora el juez podrá otorgar la custodia compartida a pesar de que la fiscalia se oponga.

Se ha establecido que los jueces podrían otorgar la custodia compartida aunque el fiscal se oponga. Desde el Tribunal Constitucional se ha anulado el artículo del Código Civil que establece la compatibilidad de la decisión del juez con el informe favorable presentado por el fiscal.

Con esto la custodia compartida dejará de ser algo excepcional. Esta sería la puerta legal para que se establezca la custodia compartida en el país. La iniciativa contará con muchas voces a favor y otras tantas en contra.

Esta decisión puede llegar a ser bastante polémica y cambia muchos aspectos de la legislación española sobre la separación y el divorcio que fuera aprobada en el año 1995. Muchos legisladores anunciaron que declararan inconstitucional el hecho de que el juez pueda otorgar la custodia compartida cuando no exista un informe favorable emitido por la fiscalía.

Dentro del Código Civil de España se prevé la custodia compartida si existe un acuerdo entre los padres al momento de separarse o divorciarse. El artículo 92.8 (ahora anulado) dice que si no existiera este acuerdo: «excepcionalmente, el juez, a instancias de una de las partes, con informe favorable del ministerio fiscal, podrá acordar la guardia y custodia compartida fundamentándola en que solo de esta manera, se protege adecuadamente el interés superior del menor«.

Normalmente el fiscal se muestra en contra de la custodia compartida, por lo que normalmente hace el juez es establecer un amplio régimen de visitas a los padres para que pueda seguir en contacto manteniendo en cierta forma la convivencia, esto sin que quede expresada la expresión de custodia compartida.

Vía | El Pais
Foto | Flickr – Ministerio Cash


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