Derechos laborales tras la baja por maternidad
Posiblemente antes de dar a luz ya hayamos planeado la vuelta al trabajo después de la baja que nos corresponde como madres recientes. Pero aunque todo parece la mar de sencillo, una vez ha nacido el bebé pueden cambiar mucho las circunstancias, no por lo que el pequeño nos pida si no por nuestra propia necesidad de pasar más tiempo con él.
Si te encuentras en esta circunstancia,hay algunas soluciones a las que tienes derecho una vez haya finalizado el periodo de baja maternal. Si quieres conocerlas, aquí mismo te las relato.
Baja compartida. Las seis semanas primeras de baja maternal son tuyas y debes aprovechar para recuperarte, pero las diez siguientes puedes compartirlas con tu pareja. Si lo hacéis a la vez la baja se acorta o primero tú y después él.
Baja maternal a tiempo parcial. Las seis primeras son a tiempo completo, pero las diez restantes pueden convertirse en veinte si trabajas media jornada.
Permiso de lactancia. Hasta que el bebé cumple nueve meses tienes derecho a una hora diaria para dar de mamar a tu bebé. Puede ser la hora completa o dos medias horas. Si renuncias a ello, esas horas pueden ir acumulándose hasta convertirlas en jornadas completas. También puede hacerlo el padre, pero solo se permite a uno de los dos.
Reducción de jornada. Hasta que el niño cumpla ocho años, ambos progenitores pueden reducirse la jornada laboral entre un octavo y la mitad. Hay que avisar al empresario con, al menos, quince días de antelación.
Baja por riesgo durante la lactancia. Cuando en el puesto de trabajo de la madre existe algún peligro o riesgo que pueda contaminar su leche, está en su derecho poder cambiar de puesto de trabajo. Si no es posible, se suspende el contrato hasta que el bebé tenga nueve meses.
Excedencia. Si la separación del bebé resulta imposible, siempre puedes solicitar una excedencia hasta que cumpla tres años. Durante el primer año te guardan tu mismo trabajo, y en el resto, uno de la misma categoría.
Vía | Ser Padres
Foto | Entre Mujeres