Documentación necesaria para viajar con niños
Cuando empezamos a planear nuestras vacaciones lo normal es preocuparnos por el clima para preparar la ropa adecuada de los pequeños y asegurarnos unos alojamientos que dispongan de todo lo necesario para la comodidad de los pequeños. Sin embargo solemos olvidarnos de una de las cosas más importantes: la documentación necesaria para viajar con los pequeños.
Si viajamos por los países de la Unión Europea posiblemente nos exijan menos documentación, pero aún así lo mejor es ser previsor y tener todos los documentos en vigor antes de la fecha prevista de salida. En los meses de verano las oficinas que emiten este tipo de documentación suelen estar saturadas y podríamos vernos ante la situación de tener complicada la renovación y emisión de las acreditaciones.
Los documentos necesarios para poder viajar tanto al extranjero como dentro de España con niños menores de edad son los siguientes:
- DNI. Los menores de catorce años no están obligados a tenerlo pero existen algunas compañías aereas que lo exigen para embarcar. Este documento es válido para viajar a los países de la Unión Europea.
- Pasaporte. Con este documento podemos viajar a todos los países. Aunque en ciertos destinos como China, India o Egipto también es necesario aportar un visado de turista.
- Autorizaciones especiales. Son las autorizaciones escritas de los padres para que el niño pueda viajar con otros familiares o personas a cargo del menor. También puede ser aconsejable tenerla cuando los padres están divorciados y uno de ellos va a llevarse al niño de vacaciones. Puede solicitarse en Comisarías, Guardia Civil, Juzgados y notarías.
- Libro de familia. No puede considerarse un documento de identificación es sí mismo ya que no lleva fotografía, pero si puede demostrar las relaciones de consanguinidad y la patria potestad de los padres. Es el documento necesario para solicitar el dni y el pasaporte por lo que puede resultar necesario si los menores no tienen estos documentos.
- TSE (Tarjeta Sanitaria Europea). Puede solicitarse en la oficina virtual de la Seguridad Social. No es obligatoria aunque algunos países pueden exigirla. Se trata de una tarjeta que cubrirá las atenciones sanitarias en el caso de que fuesen necesarias. En el caso de no tenerla te atenderán igualmente pero tendrás que hacerte cargo del coste de los servicios y ya en España solicitar el abono a la seguridad social.
Vía | Eroski Consumer
Foto | Flickr-Erubbey Cantoral